El Procedimiento No Contencioso

 

 

PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO

1. TRÁMITE DE SOLICITUDES 

Trámite de Solicitudes

Plazo máximos para resolver y notificar

No contenciosas y vinculadas a la determinación de la obligación tributaria.

45 días hábiles

No contenciosas y no vinculadas a la determinación de la deuda.

Ver TUPA SUNAT

2. RECURSO DE APELACIÓN

Son resoluciones apelables

Órgano resolutor

Aquellas que resuelvan las solicitudes no contenciosas y vinculadas a la determinación de la obligación tributaria.

Tribunal Fiscal

Aquellas que resuelvan las solicitudes no contenciosas y no vinculadas a la determinación de la obligación tributaria.

SUNAT

  

Base Legal
Artículo 163º del TUO del Código Tributario - Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias.