
¿CUÁLES SON LOS ACTOS RECLAMABLES?
Actos Reclamables |
Plazo |
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20 días hábiles |
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20 días hábiles |
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Sin plazo |
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20 días hábiles |
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Sin plazo |
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Se pueden interponer luego de transcurridos los 45 días hábiles de haberla presentado sin tener respuesta alguna. |
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5 días hábiles |
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Sin plazo |
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20 días hábiles |
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20 días hábiles |
Base Legal
Artículos 119º, 135º, 137º y 163º del TUO del Código Tributario - Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias.
Artículos 119º, 135º, 137º y 163º del TUO del Código Tributario - Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias.
1 Al amparo de lo dispuesto en el numeral 3 del inciso a) del artículo 119º del TUO del Código Tributario.
2 De no interponerse la reclamación en el plazo señalado, dichas resoluciones quedarán firmes.