
PLAZOS PARA PRESENTAR MEDIOS PROBATORIOS
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Plazo General |
30 días hábiles contados a partir de la fecha en que se interpone recurso de reclamación o apelación. |
Plazo Excepcional |
5 días hábiles en el caso de resoluciones que establezcan sanciones de comiso, internamiento de vehículos y cierre de establecimiento. |
¿QUÉ SON MEDIOS PROBATORIOS EXTEMPORÁNEOS?
- Los medios probatorios extemporáneos en la etapa de reclamación:
Son los presentados en la etapa de reclamación, no obstante haber sido requeridos por la SUNAT en la etapa de verificacion o fiscalización y no fueron presentados.
- Los medios probatorios extemporáneos en la etapa de apelación
Son los presentados en la etapa de apelación, no obstante haber sido requeridos por la SUNAT en la etapa de reclamación y no fueron presentados.
En ambos casos no son admitidos salvo excepciones contempladas por el Código Tributario.