¿Cuáles son las obligaciones del contribuyente del Nuevo RUS?

 Estar siempre al día en sus pagos, no superar los montos máximos establecidos en sus compras y ventas, entregar los comprobantes de pago que le corresponda.

 

 OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE

El Nuevo RUS establece un procedimiento sencillo para determinar la deuda tributaria y prevé exigencias formales mínimas para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Las obligaciones tributarias del nuevo RUS son:

 

POR EL PAGO

En este régimen, cuando se efectúa el pago de la cuota mensual, al mismo tiempo se cumple con la obligación formal de declarar.

La fecha de vencimiento de la cuota mensual está en función del último dígito del número de RUC, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias. Para efectuar el pago, se debe utilizar el Sistema Pago Fácil [1]directamente en las sucursales y agencias bancarias autorizadas.

Enlace recomendado
Cronograma de Obligaciones Tributarias[2] 

 POR COMPRAS

Se debe sustentar la tenencia de la mercadería, así como la utilización de los servicios relacionados con su actividad, mediante los comprobantes de pago establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

Además, se debe archivar cronológicamente los comprobantes de pago que sustenten sus adquisiciones, incluidas las de los bienes que conforman su activo fijo, correspondiente a los períodos no prescritos, es decir, deberá archivar sus comprobantes durante cuatro años y los mantendrá a disposición de SUNAT para cuando ésta lo requiera.

Base Legal
Artículo 22° del Decreto Legislativo N° 937.

 

COMPROBANTES QUE DEBEN EXIGIR EN SUS COMPRAS:

  • Facturas
  • Tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras que permitan ejercer el derecho al crédito fiscal o permitan sustentar gastos o costo para efecto tributario.
  • Recibos por honorarios
  • Comprobante de Pago N° 820 (entregado por la persona que vende en forma no habitual).
  • Recibos de luz, agua y/o teléfono.
  • Recibos de arrendamiento u otros documentos autorizados que permitan ejercer el derecho al crédito fiscal o ser utilizados para sustentar gasto o costo para efectos tributarios.

 

Tenga en cuenta que
Las boletas de venta y los tickets o cintas emitidas por máquina registradora, que no permitan ejercer el derecho a crédito fiscal o sustentar gasto y/o costo para efecto tributario, no serán considerados para el sustento de las adquisiciones de bienes y servicios vinculadas a la actividad comercial.
Base Legal
Artículo 17° del Decreto Legislativo N° 937 y Artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT.

 

POR VENTAS

Se deben emitir y entregar sólo boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras que no permitan ejercer el derecho a crédito fiscal ni ser utilizados para sustentar gasto y/o costo para efectos tributarios. Se podrá solicitar la autorización e impresión de sus comprobantes de pago en cualquier imprenta autorizada[3] conectada al sistema SOL (SUNAT Operaciones en Línea). La autorización se solicita con la presentación del Formulario 816: "Autorización de Impresión a través de SUNAT operaciones en Línea".

No es obligatorio emitir un comprobante por ventas menores a S/. 5, salvo que el comprador lo exija. En estos casos, al final del día, se debe emitir una boleta de venta que comprenda el total de sus ventas menores a S/. 5, por las que no se hubiera emitido boleta, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT.

Al igual que para las compras, se debe archivar cronológicamente y por separado las boletas de venta y/o tíckets o cintas de máquinas registradoras que emitan y entreguen, debiendo mantenerlos a disposición de la SUNAT para cuando ésta lo requiera.

 

COMPROBANTES QUE NO PUEDEN SER EMITIDOS NI ENTREGADOS

Está totalmente prohibido que el contribuyente del Nuevo RUS emita y entregue, por las operaciones comprendidas en el régimen, los siguientes comprobantes:

  • Facturas
  • Recibos por honorarios
  • Liquidaciones de compra
  • Tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que permitan ejercer el derecho a crédito fiscal o permitan sustentar gasto y/o costo para efecto tributario.
Base Legal
Artículo 16° del Decreto Legislativo N° 937.

 

 POR EL CONTROL

Se deben exhibir en el sitio donde realiza su negocio, en un lugar visible, los emblemas y/o signos distintivos proporcionados por la SUNAT, así como el Comprobante de Información Registrada (CIR) y las constancias de pago.

Cabe agregar que el contribuyente del Nuevo RUS está exceptuado de la obligación de llevar libros y registros contables.

Base Legal
Artículos 20° y 21° del Decreto Legislativo N° 937.

 

POR RETENCIONES

Se debe retener, declarar y pagar las retenciones correspondientes por las remuneraciones que abonen a los trabajadores dependientes que laboren para ellos.

Tenga en cuenta que
El contribuyente del Nuevo RUS que incumpla con sus obligaciones tributarias, será sujeto de las sanciones previstas en la Tabla III de Infracciones y Sanciones del Código Tributario - Decreto Legislativo Nº 953.

 

[1] http://www.sunat.gob.pe/declaracionPago/pagoFacil/index.html

 

[2] file:///D:/biblioteca/cronograma.htm

 

[3] http://www.sunat.gob.pe/descarga/ImpAut/ImpAut0.html