Las personas naturales
Para presentar la declaración por Otros Tipos de Renta distintos a la de Tercera Categoría, deberá utilizar únicamente el Formulario Virtual N° 691 - Renta Anual 2014 - Persona Natural. Para acceder a dicho formulario, deberá hacer click sobre el link "Formulario Virtual 691 - Otras Rentas" que se encuentra en SUNAT Operaciones en Línea, dentro del portal SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
Este formulario contiene INFORMACIÓN PERSONALIZADA de la determinación del impuesto a pagar o del monto a devolver al contribuyente en caso corresponda, además del detalle de sus rentas, retenciones y pagos directos por sus rentas de capital (rentas de primera y/o segunda categoría) y/o rentas del trabajo (cuarta y/o quinta categoría) que correspondan. Esta información deberá ser verificada y de ser el caso, completada o modificada antes de su presentación.
Para presentar su declaración con el Formulario Virtual N° 691 no requiere instalar en su computadora el aplicativo PDT, tampoco requiere generar un código de envío, ni descargar el archivo personalizado desde la Clave SOL.
Asimismo, deberá utilizar el Formulario Virtual Nº 691 en caso de sustituir o rectificar una Declaración Jurada Anual que hubiera presentado por el ejercicio 2014.
IMPORTANTE:
Si al acceder al Formulario Virtual N° 691 - Renta Anual 2014 - Persona Natural no contiene la INFORMACIÓN PERSONALIZADA, Usted deberá llenar el formulario en base a los ingresos que obtuvo durante el año 2014 proveniente de alquileres de bienes muebles o inmuebles, enajenación de acciones, trabajo de manera independiente o dependiente, renta de fuente extranjera, según sea el caso.
Cabe resaltar que para este año, las Rentas No Empresariales (es decir Rentas de Trabajo y/o Rentas de Primera o Segunda Categoría) sólo pueden declararse mediante el "Formulario Virtual N° 691 - RENTA ANUAL 2014 - Persona Natural". La Resolución de Superintendencia Nº 380-2014/SUNAT no ha contemplado la presentación de este tipo de rentas vía Programa de Declaración Telemática (PDT). El "PDT N° 692: Renta Anual 2014 - Tercera Categoría e ITF", sólo permite declarar Rentas Empresariales (3ra Categoría).
La presentación la debe hacer por Internet
Para presentar y pagar su declaración por Internet deberá contar con su Clave SOL.
a) Si no cuenta con su Clave SOL
Siga estos pasos para obtenerla:
i. Llene la Solicitud de acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Línea.
ii. Presente su solicitud firmada en cualquiera de nuestras dependencias o Centros de Servicios al Contribuyente en Lima y provincias (en cualquier sede a nivel nacional).
iii. La SUNAT le entregará un sobre cerrado con su Clave SOL.
b) Si Usted ya cuenta con su Clave SOL
Tratándose de contribuyentes que deban presentar su declaración a través del "Formulario Virtual N° 691 - Renta Anual 2014 - Persona Natural", es decir, aquellos que durante el año 2014 hayan obtenido sólo Rentas de Primera Categoría, de Segunda Categoría (originadas por la enajenación de valores mobiliarios), Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera; deberán:
i. Ingresar a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe),
ii. Ubicar y seleccionar en el menú principal la opción: "SUNAT Operaciones en Línea",
iii. Lo conducirá a otra ventana en la cual deberá ubicar el ícono "Declara Renta 2014: Formulario Virtual 691 - Otras Renta"
iv. A continuación el sistema le pedirá que digite su Número de RUC, Usuario y Contraseña.
v. Una vez que haya ingresado con su Clave SOL, visualizará el "Formulario Virtual - 691 Renta Anual PN 2014". Habrá ingresado directamente a la Sección Informativa en la cual deberá llenar algunos datos. Luego, pasará a la Sección Determinativa en donde el sistema habrá llenado automáticamente la mayor parte de los casilleros de este formulario con su información personalizada de sus ingresos durante el año 2014, las retenciones que le hayan efectuado y los pagos adelantados de este impuesto. Usted deberá verificar que esta información personalizada sea correcta y, de no ser así, podrá adicionar, modificar o eliminar.
vi. Luego de haber completado el formulario agréguelo a la Bandeja en el link "Agregar a BANDEJA"
vii. Aparecerá un mensaje de alerta con los montos de las Rentas Imponibles que está por declarar según cada categoría de renta. Deberá hacer click en Aceptar para validar y continuar.
viii. Finalmente, hará click en la opción Presentar /Pagar/ NPS.
Nota Importante
En caso haya declarado como saldo a favor del fisco cero (0) o tenga un saldo a favor del contribuyente, el sistema le solicitará que confirme la operación, presionará el ícono "Aceptar" y se cargará en la pantalla una "Constancia de Presentación y Pago", con lo cual habrá culminado el proceso de "Declaración Renta Anual 2014 - Persona Natural"
En caso tenga un monto por pagar, antes de obtener la Constancia de Presentación, el sistema solicitará que seleccione uno de los Medios de Pago que se detallan en el punto C).
c) Si en su declaración registra un Importe a Pagar
El sistema le mostrará una pantalla con las siguientes modalidades disponibles para efectuar el pago:
i. Con cargo en cuenta bancaria (previamente afiliada). Esta modalidad está disponible con los bancos: BCP, BBVA Continental, Scotiabank, Interbank y Citibank.
ii. Con cargo en cuenta de detracciones (no requiere afiliación previa) del Banco de la Nación, si la tuviera.
iii. Con tarjeta de crédito y/o débito VISA (previamente afiliada a Verified by VISA). Consulte a su banco emisor o por internet sobre cómo afiliar su tarjeta a Verified by Visa.
iv. Generación de Número de Pago SUNAT - NPS. Después de haber generado el NPS, el pago culminará acercándose a uno de los bancos autorizados e indicar el número de NPS para efectuar el pago, o entrando al Portal Web de los Bancos: BCP y Scotiabank.
v.
vi. v) Vía Portal Bancario. Esta modalidad está disponible para clientes del Scotiabank. Se realiza a través de un enlace en el portal bancario y solo necesita tener una cuenta en dicho banco.
vii. Finalmente, luego de haber realizado el pago, el sistema le emitirá la "Constancia de Presentación y Pago" la cual constituye el único comprobante de la declaración y pago de esta declaración.
El pago también lo puede hacer en forma presencial: Sólo el pago
a) Medianos y Pequeños Contribuyentes: En las sucursales o agencias bancarias autorizadas a recibir los pagos (BCP, BBVA Continental, Scotiabank, Interbank, De la Nación y BanBIF). En el caso se use el Número de Pago SUNAT (NPS) pueden acercarse también a los Agentes BCP y Agentes MultiRed del Banco de la Nación.
b) Principales Contribuyentes: en los lugares fijados por la SUNAT para efectuar el pago de sus obligaciones tributarias.
IMPORTANTE:
Sólo podrá presentar el "Formulario Virtual N° 691 - Renta Anual 2014 - Persona Natural" a través de SUNAT Virtual, cuando en su declaración consigne un importe a pagar igual a cero (0).
MOTIVOS DE RECHAZO DE LA DECLARACIÓN
Además, su declaración también podrá ser rechazada por nuestro Programa Informático de Recepción si comprueba, según el canal que utilice para la presentación, alguno de los siguientes motivos:
01. "La Declaración ha sido presentada más de una vez"
Cuando la Declaración que está presentando (para el mismo período, tributo y RUC) ya ha sido presentada anteriormente.
Solución:
Si lo que desea presentar es una Declaración Sustitutoria o Rectificatoria, deberá seleccionar SI a la pregunta "¿La presente declaración rectifica o sustituye a otra?" Señalada en la sección Identificación de la Declaración del PDT.
02. "En la Declaración presentada se consigna un Importe total a pagar igual a cero (0)"
Cuando en la Declaración que se desea presentar por las agencias bancarias autorizadas se ha consignado un importe total a pagar igual a cero
Solución:
En estos casos la declaración sólo podrá ser presentada a través de la página WEB de SUNAT.
03. "Tratándose del pago mediante enlace con el Portal del Banco, que el deudor tributario no posea una cuenta con los fondos suficientes para cancelar el Importe a pagar".
Solución:
Verifique que la cuenta con la que desea pagar la deuda tributaria cuente con los fondos suficientes.
04. "Tratándose del pago con débito en cuenta"
Que el deudor tributario no posea cuenta afiliada.
Que la cuenta no posea los fondos suficientes para cancelar el importe a pagar.
Que no se pueda establecer comunicación con el servicio de pago del banco.
05. "Tratándose del pago mediante tarjeta de crédito o débito"
Que no se utilice una tarjeta de crédito o débito afiliada al servicio de pago por INTERNET.
Que la operación mediante tarjeta de crédito o débito no sea aprobada por el operador de tarjeta de crédito o débito correspondiente.
Que no se pueda establecer comunicación con el portal del operador de tarjeta de crédito o débito.
06. "Cualquiera sea la modalidad de pago, que éste no se realice por un corte en el sistema".
07. Cuando se hubiera optado por realizar la cancelación del importe a pagar en los bancos habilitados utilizando el Número de Pago Simplificado (NPS) y éste no se genere por un corte en el sistema.
IMPORTANTE
Las declaraciones rechazadas se consideran no presentadas. Por ello es importante que la declaración la elabore y presente con la debida anticipación. De presentarse algunas dudas durante el llenado del Formulario Virtual N° 691 - Renta Anual 2014 - Persona Natural, Usted puede acceder a las "ayudas" que se encuentran en el referido formulario.